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Según lo establecido en el artículo 114 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, cuál de las siguientes afirmaciones no corresponde a las salidas programadas:

Respuestas
  • ALos días de duración de la salida programada, que no será en ningún caso superior a dos días, se computarán dentro de los límites establecidos para los permisos ordinarios.
  • BLas salidas programadas serán propuestas por la Junta de Tratamiento, que solicitará la aprobación del Centro Directivo.
  • CSe podrán conceder, previo informe del Equipo Técnico, a los condenados clasificados en segundo o tercer grado.
  • DLos internos serán acompañados por el personas del Centro Penitenciario o por voluntarios que habitualmente realicen actividades relacionadas con el tratamiento.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 23. Programas de tratamiento. Salidas programadas. Grupos en Comunidad Terapéutica. Programas de actuación especializada. Medidas regimentales para la ejecución de programas especializados para internos de segundo grado
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-06-10 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
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