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De acuerdo con el art. 302 de la LCSP referente al contrato de suministro, cuando razones técnicas o económicas debidamente justificadas en el expediente lo aconsejen, podrá establecerse en el pliego de cláusulas administrativas particulares que el pago del precio total de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase, sin que, en ningún caso, el importe de estos pueda superar el:

Respuestas
  • A15 por cien del precio total.
  • B20 por cien del precio total.
  • C25 por cien del precio total.
  • D50 por cien del precio total.
Creada por
user17227
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 29. Los contratos administrativos: estudio de sus elementos. Cumplimiento e incumplimiento. Tipos de contratos. Fases de la contratación y procedimientos de adjudicación
Ley
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
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