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A tenor del artículo 324 del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la investigación judicial se desarrollará:

Respuestas
  • AEn un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa.
  • BEn un plazo máximo de dieciséis meses desde la incoación de la causa.
  • CEn un plazo máximo de doce meses desde el día siguiente a la incoación de la causa.
  • DEn el plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la incoación de la causa.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Procesal Penal
Tema
Tema 34. El procedimiento ordinario por delitos graves: Principios fundamentales y ámbito de aplicación. El sumario. El procesamiento. Conclusión del sumario. El sobreseimiento. El juicio oral. Aspectos generales del procedimiento de decomiso introducido por la Ley 41/2015, de 5 de Octubre
Ley
Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Preguntas similares

1. Las prórrogas que se produzcan en la investigación judicial, según el artículo 324 del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se adoptarán mediante:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ADiligencia.
  • BAuto.
  • CProvidencia.
  • DDecreto.
2. A tenor del artículo 238 bis de la Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no sería cierto señalar que:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AContra el decreto del Letrados de la Administración de Justicia que resuelva el recurso de reposición no cabrá interponer recurso alguno.
  • BTambién podrá interponerse recurso de reposición contra los decretos de los Letrados de la Administración de Justicia, excepto en aquellos supuestos en que proceda la interposición directa de recurso de apelación por así preverlo expresamente la Ley.
  • CContra todas las diligencias de ordenación dictadas por los Letrados de la Administración de Justicia podrá ejercitarse ante ellos mismos recurso de reposición.
  • DEl recurso de reposición, que se interpondrá siempre por escrito autorizado con firma de Letrado y acompañado de tantas copias cuantas sean las demás partes personadas, expresará la infracción en que la resolución hubiere incurrido a juicio del recurrente y en ningún caso tendrá efectos suspensivos.

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