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El artículo 20. Dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, prevé la posibilidad de renunciar a las exenciones relativas a los números 20º y 22º del apartado Uno. Indique que afirmación es CORRECTA en relación con dicha regulación:

Respuestas
  • ALa renuncia deberá efectuarse durante el mes de enero del año posterior a la realización de la operación.
  • BEl transmitente debe solicitarlo con carácter previo a la transmisión, en los términos previstos reglamentariamente.
  • CLas exenciones reguladas en el artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, no son susceptibles de renuncia en ningún caso.
  • DPuede hacerse uso de esta posibilidad cuando el adquirente sea un sujeto pasivo que actue en el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales con derecho a efectuar la deducción total o parcial del Impuesto soportado al realizar la adquisición.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 20. El Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación. Entregas de bienes y prestaciones de servicios: hecho imponible, exenciones, lugar de realización.
Ley
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-04-05 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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