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La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular regula en los artículos 67 a 83 el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, señale cuál de éstas afirmaciones es CORRECTA:

Respuestas
  • AEl impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables es un tributo de naturaleza indirecta
  • BEl impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables es un tributo de carácter directo y naturaleza real.
  • CEl impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables es un tributo con tipos impositivos progresivos.
  • DEl impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables es un tributo que grava la fabricación, la importación, la exportación o la adquisición intracomunitaria de los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 22. La Aduana. Elementos personales, la representación. Elementos de la deuda aduanera. Introducción de mercancías. Regímenes aduaneros. Contrabando. Los Impuestos Especiales de fabricación. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Impuesto Especial sobre el carbón. Impuesto Especial sobre la Electricidad. Impuestos Medioambientales.
Ley
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-04-05 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

Preguntas similares

1. De conformidad con el artículo 67 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables:
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda PúblicaVer detalles
  • AEs un tributo de naturaleza directa que recae sobre la utilización, en el territorio de aplicación del impuesto, de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos, como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías.
  • BEs un tributo de naturaleza directa que recae sobre la utilización, en el territorio de aplicación del impuesto, de envases no reutilizables que contengan plástico, únicamente si se presentan vacíos.
  • CEs un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización, en el territorio de aplicación del impuesto, de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos, como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías.
  • DEs un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización, en el territorio de aplicación del impuesto, de envases no reutilizables que contengan plástico, únicamente si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías.

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