Crear pregunta

Tras la presentación de una solicitud de aplazamiento el 20/06/2025, último día de vencimiento en voluntaria de la deuda, la misma resulta inadmitida por acuerdo de fecha 30 de junio del mismo año. Señale qué afirmación es CORRECTA:

Respuestas
  • AEl acuerdo de inadmisión no será recurrible, se podrá recurrir la providencia de apremio que en su día se dicte.
  • BEl periodo ejecutivo de la deuda se iniciará una vez transcurrido el plazo de ingreso que se otorgue en dicho acuerdo de inadmisión.
  • CSi se efectúa el ingreso después de que se notifique el acuerdo de inadmisión, el mismo se considerará realizado en voluntaria, procediendo con posterioridad la liquidación de intereses de demora.
  • DLa inadmisión implicará que la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento se tenga por no presentada a todos los efectos.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 10. La extinción de la deuda tributaria (I). Medios de extinción de la deuda. El pago o cumplimiento: forma, momento, plazos, imputación, consignación y medios de pago. Aplazamiento y fraccionamiento del pago: requisitos, tramitación, garantías, consecuencias del incumplimiento.
Ley
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-04-05 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.