Crear pregunta

Según el artículo 79 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, ¿quién fomentará la participación de los internos en los casos y con las condiciones establecidas en el Capítulo VI del Título II?

Respuestas
  • AEl Consejo de Dirección.
  • BLa Junta de Tratamiento.
  • CEl Director.
  • DNinguna respuesta es correcta.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 15. Régimen penitenciario: concepto, fines y tipos. Limitaciones regimentales y medidas de protección personal. Régimen ordinario. Régimen de preventivos
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario

Preguntas similares

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, ¿quién fomentará la participación de los internos?:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALos profesionales del Equipo Técnico encargados de su seguimiento.
  • BEl Consejo de Dirección.
  • CLa Junta de Tratamiento.
  • DEl Centro Directivo.
2. ¿Quién anunciará la renovación de las Comisiones de internos que participen en las distintas actividades según el artículo 56 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario?
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl Consejo de Dirección del Establecimiento.
  • BEl Director del centro.
  • CLa Junta de Tratamiento.
  • DEl Centro Directivo.

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.