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Según el artículo 20 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para que la legítima defensa exima de responsabilidad criminal, se requiere:

Respuestas
  • AUna agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y falta de provocación suficiente por parte del defensor
  • BUna agresión ilegítima y falta de provocación suficiente por parte del defensor, aunque no sea racionalmente necesario el medio empleado para impedirla o repelarla
  • CUna agresión, sea o no, ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y falta de provocación suficiente por parte del defensor
  • DUna agresión, aunque haya existido provocación suficiente por parte del defensor, y necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 6. Antijuridicidad y tipo. Estructura, clases y formulación de los tipos. Exclusión de la tipicidad y causas de justificación. La adecuación social. Relevancia del consentimiento
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-02-16 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. No es causa que exime la responsabilidad penal según el artículo 20 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal:
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  • AEl que obre en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.
  • BEl que obre impulsado por miedo insuperable.
  • CEl que, por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia pueda tener alterada la conciencia de la realidad.
2. La responsabilidad civil, según el artículo 110 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, no comprende:
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  • ALa rehabilitación.
  • BLa indemnización de perjuicios materiales y morales.
  • CLa restitución.
  • DLa reparación del daño.
3. Según el artículo 101 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, al sujeto que sea declarado exento de responsabilidad criminal conforme al número 1.º del artículo 20:
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  • ASe le aplicará, si fuere necesaria, la medida de internamiento para tratamiento médico o educación especial en un establecimiento adecuado al tipo de anomalía o alteración psíquica que se aprecie, o cualquier otra de las medidas previstas en el apartado 3 del artículo 96.
  • BSe le podrá aplicar, si fuere necesaria, la medida de internamiento para tratamiento médico o educación especial en un establecimiento adecuado al tipo de anomalía o alteración psíquica que se aprecie, o cualquier otra de las medidas previstas en el apartado 3 del artículo 96.
  • CSe le podrá aplicar, si fuere necesaria, la medida de internamiento para tratamiento médico o educación específico en un establecimiento adecuado al tipo de anomalía o alteración psíquica que se aprecie, o cualquier otra de las medidas previstas en el apartado 3 del artículo 96.
  • DNinguna respuesta es correcta.
4. Las causas que eximen de la responsabilidad criminal se regulan en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en:
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  • ALos artículos 19, 20, 21 y 22.
  • BLos artículos 20 y 21.
  • CLos artículos 19 y 20.
  • DEl artículo 20.

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