ACuando sea necesaria la enajenación de bienes muebles, se solicitará a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias la oportuna autorización por el Director del Establecimiento penitenciario.
BPor el centro directivo se determinarán los tipos de inventario que de forma obligatoria todo Establecimiento penitenciario debe tener continuamente actualizados, así como los documentos y la periodicidad con que deban remitirse para la elaboración del inventario general de bienes muebles.
CLa Dirección General del Tesoro y Política Financiera será el órgano competente para la tramitación del procedimiento de donaciones de bienes efectuadas por Administraciones públicas o por instituciones públicas o privadas a Establecimientos penitenciarios.
DLos Establecimientos penitenciarios llevarán un sistema de inventarios que permita disponer en todo momento de información fiel y actualizada sobre los bienes muebles asignados para el desarrollo de sus funciones.