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Indique la opción correcta respecto a la necesidad de un título habilitante para ocupar bienes de dominio público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Respuestas
  • ACualquier ciudadano, en igualdad de condiciones, tiene la posibilidad de ocupar bienes de dominio público o emplearlos de una manera que supere el derecho de uso.
  • BNadie puede ocupar bienes de dominio público o utilizarlos en forma que exceda el derecho de uso, sin excepciones.
  • CNadie puede, sin título que lo autorice otorgado por la autoridad competente, ocupar bienes de dominio público o utilizarlos en forma que exceda el derecho de uso.
  • DNadie puede, salvo autorización expresa del Consejo de Ministros, ocupar bienes de dominio público o utilizarlos en forma que exceda el derecho de uso.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Derecho administrativo general
Tema
Tema 9. El régimen patrimonial de las Administraciones públicas. El dominio público. Los bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional. Los bienes comunales.
Ley
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas

Preguntas similares

1. Indique la opción incorrecta respecto al uso de los bienes y derechos demaniales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas:
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del EstadoVer detalles
  • AEl uso común de los bienes de dominio público podrá realizarse libremente, sin más limitaciones que las derivadas de su naturaleza, lo establecido en los actos de afectación o adscripción, y en las disposiciones que sean de aplicación.
  • BEl aprovechamiento especial de los bienes de dominio público, así como su uso privativo, estará sujeto a concesión cuando la duración del aprovechamiento o uso supere los cuatro años.
  • CEl uso privativo de los bienes de dominio público que determine su ocupación con obras o instalaciones fijas deberá estar amparado por la correspondiente autorización administrativa.
  • DEl aprovechamiento especial de los bienes de dominio público, así como su uso privativo, cuando la ocupación se efectúe únicamente con instalaciones desmontables o bienes muebles, estarán sujetos a autorización.

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