ALas normas y actos dictados por los órganos de las Administraciones Públicas en el ejercicio de su propia competencia podrán ser observadas por el resto de los órganos administrativos, con excepción de aquellos que dependan jerárquicamente entre sí o pertenezcan a otra Administración.
BLos órganos de las Administraciones Públicas deberán asegurar que las normas y actos que emitan en el ejercicio de su competencia sean cumplidos por los demás órganos administrativos, incluso si no están jerárquicamente subordinados entre sí o pertenecen a distintas Administraciones.
CLas normas y actos dictados por los órganos de las Administraciones Públicas en el ejercicio de su propia competencia deberán ser observadas por el resto de los órganos administrativos, con excepción de aquellos que dependan jerárquicamente entre sí o pertenezcan a otra Administración.
DLas normas y actos dictados por los órganos de las Administraciones Públicas en el ejercicio de su propia competencia deberán ser observadas por el resto de los órganos administrativos, aunque no dependan jerárquicamente entre sí o pertenezcan a otra Administración.