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Según la Resolución de 20 de enero de 2014 de la Dirección General de Presupuestos, que establece los códigos para la clasificación económica, los gastos asociados a la edición y distribución se registrarán bajo el siguiente concepto:

Respuestas
  • A251.
  • B240.
  • Cdoscientos cincuenta.
  • D263.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Gestión financiera y Seguridad Social
Tema
Tema 6. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos.
Ley
Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica

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1. Según la Resolución de 20 de enero de 2014, emitida por la Dirección General de Presupuestos, que establece los códigos para la clasificación económica, en lo referente a los gastos corrientes relacionados con bienes y servicios, los suministros se clasifican bajo el Concepto:
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  • A221.
  • B220.
  • C223.
  • D227.
2. Según la Resolución de 20 de enero de 2014 de la Dirección General de Presupuestos, que establece los códigos para la clasificación económica, los siguientes gastos se imputan al artículo 24:
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  • ALos gastos de publicaciones.
  • BLos conciertos de asistencia sanitaria.
  • CLos gastos relacionados con las compras, suministros y otras actividades.
  • DLas reparaciones, mantenimiento y conservación.
3. Según la Resolución de 20 de enero de 2014 emitida por la Dirección General de Presupuestos, que establece los códigos para la clasificación económica, ¿bajo qué concepto se contabilizan los tributos en relación a los gastos corrientes en bienes y servicios?
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  • A223.
  • B225.
  • C222.
  • D224.
4. Según la Resolución de 20 de enero de 2014 de la Dirección General de Presupuestos, que establece los códigos para la clasificación económica, el artículo 63 se refiere a:
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  • ALos proyectos de inversión destinados al funcionamiento interno de la Administración, con la finalidad de prorrogar la vida útil del bien o a poner éste en un estado de uso que aumente la eficacia en la cobertura de las necesidades derivadas de la prestación del servicio.
  • BLos gastos realizados en un ejercicio, no materializados en activos, susceptibles de producir sus efectos en varios ejercicios futuros, tales como campañas de promoción de turismo, ferias, exposiciones, estudios y trabajos técnicos, etc., así como aquellas inversiones en activos inmovilizados intangibles, tales como concesiones administrativas, propiedad industrial, propiedad intelectual, gastos de investigación y desarrollo, etc.
  • CLos proyectos de inversión orientados a la operación interna de la Administración, con el objetivo de extender la vida útil del bien o de ponerlo en condiciones que mejoren su eficacia en satisfacer las necesidades derivadas de la prestación del servicio.
  • DLas inversiones en infraestructura y bienes destinados al uso general que incrementen el stock de capital público.

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