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De acuerdo con el artículo 96 de la Ley 39/2015, ¿en qué situaciones se podrá aplicar la tramitación simplificada en procedimientos sancionadores?

Respuestas
  • AEl órgano competente para instruir el procedimiento considere que existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve, aun con la oposición expresa por parte del interesado.
  • BEl órgano competente para iniciar el procedimiento estime que hay elementos de juicio suficientes para clasificar la infracción como leve, sin que sea posible la oposición expresa por parte del interesado.
  • CEl órgano competente para iniciar el procedimiento considere que existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve, sin que quepa la oposición expresa por parte del interesado.
  • DEl órgano competente para instruir el procedimiento estime que hay elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve, aun con la oposición expresa por parte del interesado.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Derecho administrativo general
Tema
Tema 11. Las Leyes del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Régimen Jurídico del Sector Público. Procedimiento administrativo común y su alcance: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La obligación de resolver. El silencio administrativo.
Ley
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Preguntas similares

1. De conformidad con el artículo 96 de la Ley 39/2015, en el caso del procedimiento en materia sancionadora, se podrá adoptar la tramitación simplificada del procedimiento cuando:
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del EstadoVer detalles
  • AExista reconocimiento de la responsabilidad por parte del presunto infractor.
  • BSe haya producido el pago voluntario por el presunto responsable en cualquier momento anterior a la resolución.
  • CNo se hayan formulado alegaciones por parte del presunto infractor en el trámite de audiencia.
  • DEl órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve.

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