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De acuerdo con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, referente a la Protección de Datos Personales y la garantía de los derechos digitales, las sanciones prescriben tras un año:

Respuestas
  • ASi son de importe superior a 40.000 euros.
  • BSi son por infracciones graves.
  • CSi su importe es inferior a 40.000 euros.
  • DSi son de importe igual o inferior a 40.000 euros.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Políticas Públicas
Tema
Tema 8. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales.
Ley
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

Preguntas similares

1. De acuerdo con el artículo 78 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, que regula la Protección de Datos Personales y garantiza los derechos digitales, el plazo de prescripción de las sanciones es el siguiente:
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  • ATres años si se trata de sanciones por infracciones graves.
  • BA los tres años si son de importe superior a 150.000 euros.
  • CA los tres años si son de importe superior a a 40.000 euros.
  • DA los tres años si son de importe superior a a 300.000 euros.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 73 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el plazo de prescripción para las infracciones consideradas graves es de:
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  • AA los tres años.
  • BA los dos años.
  • CEn un año.
  • DA los seis meses.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿qué circunstancia provocará la interrupción de la prescripción de las infracciones?
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  • ALa iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviere paralizado durante más de seis meses por causas no imputables al presunto infractor.
  • BLa iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviera interrumpido durante más de seis meses por razones no atribuibles al presunto infractor.
  • CLa iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviere paralizado durante más de un año por causas no imputables al presunto infractor.
  • DLa iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviere paralizado durante un año por causas imputables o no al presunto infractor.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los actos y disposiciones emitidos por la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos:
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  • ANo ponen fin a la vía administrativa con las excepciones previstas en esta Ley, siendo recurribles ante el Ministro de Justicia.
  • BPonen fin a la vía administrativa, siendo recurribles, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
  • CNo finalizan la vía administrativa según las excepciones contempladas en esta Ley, siendo susceptibles de recurso ante el Consejo de la Agencia Española de Protección de Datos.
  • DPonen fin a la vía administrativa, siendo recurribles, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
5. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 72 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, las infracciones muy graves tienen un plazo de prescripción de:
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  • AA los dos años.
  • BUn año.
  • CA los tres años.
  • DA los cinco años.
6. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cuál es la duración del mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos?
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  • ASu duración es de cinco años y no puede renovarse.
  • BTiene una duración de cinco años y es renovable por una periodo de igual duración.
  • CTiene una duración de cuatro años y no es renovable.
  • DTiene una duración de cuatro años y es renovable por una periodo de igual duración.
7. Según lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, quienes quedan excluidos del régimen sancionador son:
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  • ALos responsables de los tratamientos.
  • BLos delegados de protección de datos.
  • CLas entidades acreditadas de certificación.
  • DLos encargados de los tratamientos.
8. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, relativa a la Protección de Datos Personales y la garantía de los derechos digitales, cuando se ha nombrado un delegado de protección de datos por parte del responsable o el encargado del tratamiento:
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  • AEl afectado podrá, con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquellos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad autonómica competente, dirigirse al delegado de protección de datos que deberá comunicarle la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de dos meses.
  • BEl afectado deberá, con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquellos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad autonómica competente, dirigirse al delegado de protección de datos que deberá comunicarle la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de dos meses.
  • CEl afectado podrá, antes de presentar una reclamación contra aquellos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad autonómica competente, dirigirse al delegado de protección de datos, quien deberá informarle de la decisión adoptada en un plazo máximo de dos meses.
  • DEl afectado deberá, con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquellos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad autonómica competente, dirigirse al delegado de protección de datos que deberá comunicarle la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de un mes.
9. De acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre la Protección de Datos Personales y la garantía de los derechos digitales, la relación de la Agencia de Protección de Datos con el Gobierno se realiza a través de:
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  • AMinisterio de Hacienda.
  • BMinisterio de Justicia.
  • CMinisterio de Interior.
  • DMinisterio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

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