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Según la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (en adelante Ley del Gobierno), en relación con la elaboración de los reglamentos:

Respuestas
  • ALos proyectos de reglamentos habrán de ser informados por la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
  • BSe podrá prescindir del informe por razón de género cuando el reglamento no afecte a derechos e interés legítimos de los ciudadanos.
  • CEl reglamento podrá publicarse en fases sucesivas en el BOE, entrando en vigor en su totalidad a partir de la primera publicación.
  • DSerá necesario justificar la necesidad y oportunidad de un reglamento para iniciar su procedimiento de elaboración.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Derecho administrativo general
Tema
Tema 3. El reglamento: concepto, clases y límites. Los principios generales del Derecho. Los tratados internacionales.
Ley
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
Preguntada en la convocatoria de:
(2016-02-20 - OEP 2015) Examen Oficial Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

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