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Al amparo del artículo 104 bis del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, ¿en qué plazo máximo deberá el adjudicatario de un bien subastado efectuar el pago de la diferencia entre el precio total de adjudicación y el importe del depósito?:

Respuestas
  • AEn los 20 días siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación.
  • BEn los 30 días siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación.
  • CEn los 15 días siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación.
  • DEn los 40 días siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 14. La potestad sancionadora en materia tributaria. Principios. Sujetos responsables. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones tributarias pecuniarias. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias y extinción de las sanciones tributarias. Procedimiento sancionador en materia tributaria: Iniciación, instrucción y terminación.
Ley
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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