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Señale qué opción de las siguientes está contemplada como supuesto de interrupción justificada del plazo máximo de duración de los procedimientos, conforme al artículo 103 del Reglamento General de Aplicación de los Tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007:

Respuestas
  • ALa aportación por el obligado tributario de nuevas pruebas una vez realizado el trámite de audiencia o, en su caso, de alegaciones.
  • BEl retraso en la notificación de la propuesta de resolución por el tiempo que transcurra desde el día siguiente a aquel en que se haya realizado un intento de notificación hasta que dicha notificación se haya producido.
  • CEn los procedimientos tributarios no existen periodos de interrupción justificada, solo existen dilaciones no imputables a la Administración.
  • DCuando se aprecien indicios de delito contra la Hacienda Pública y se remita el expediente al Ministerio Fiscal o a la jurisdicción competente, por el tiempo que transcurra desde dicha remisión hasta que se reciba el expediente devuelto o la resolución judicial por el órgano competente para continuar el procedimiento.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 7. Las declaraciones tributarias: Concepto y clases. Las autoliquidaciones. Las comunicaciones de datos. Las retenciones. Los pagos a cuenta. Declaraciones informativas. La obtención de información con trascendencia tributaria.
Ley
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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