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De conformidad con el artículo 20 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el hecho imponible:

Respuestas
  • AEs el presupuesto fijado por la Constitución para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal. Dentro de ese marco constitucional, la ley podrá completar la delimitación del hecho imponible mediante la mención de supuestos de no sujeción.
  • BEs el presupuesto fijado por la Ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal. La ley podrá completar la delimitación del hecho imponible mediante la mención de supuestos de no sujeción.
  • CEs el presupuesto fijado reglamentariamente para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal. El Reglamento podrá completar la delimitación del hecho imponible mediante la mención de supuestos de no sujeción.
  • DEs el presupuesto fijado por la Ley para configurar cada impuesto y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal. Dentro de ese marco legal, el Reglamento podrá completar la delimitación del hecho imponible mediante la mención de supuestos de no sujeción.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 3. Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes. Los tributos: Concepto y clasificación. La obligación tributaria. Hecho imponible. Devengo. Base imponible y liquidable. Cuota y deuda tributaria.
Ley
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
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