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Según el artículo 96 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los procedimientos administrativos tramitados de forma simplificada, salvo que reste menos para su tramitación ordinaria, deberán ser resueltos, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento, en el plazo de:

Respuestas
  • AQuince días.
  • BVeinte días.
  • CTreinta días.
  • DCuarenta y cinco días.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 19. El Impuesto sobre Sociedades: Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Contribuyentes. Exenciones subjetivas plenas y parciales. Base imponible. Concepto y regímenes de determinación. Reducciones en la base imponible y compensación de bases imponibles negativas. Período impositivo y devengo del impuesto. Tipo de gravamen y cuota íntegra. Deducciones y bonificaciones. Gestión del Impuesto.
Ley
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-07-18 - OEP 2022 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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1. Según lo establecido en el artículo 96 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que reste menos para su tramitación ordinaria, los procedimientos administrativos tramitados de forma simplificada deberán ser resueltos en un plazo máximo de:
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda PúblicaVer detalles
  • AUn mes, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada.
  • BTreinta días, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada.
  • CVeinte días, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada.
  • DQuince días, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada.

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