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Se decide el embargo del sueldo de un obligado que cobra 600 euros líquidos mensuales en la empresa de de PIZZASA y 500 euros líquidos mensuales repartiendo propaganda para otra empresa. ¿Qué cantidad es embargable?

Respuestas
  • AEl 30 por ciento de la suma de ambas percepciones.
  • BEl 30 por ciento de la cantidad de la suma de las dos percepciones que exceda de la cuantía del salario mínimo interprofesional.
  • CEl 15 por ciento del importe líquido que percibe en cada empresa.
  • DDe acuerdo con el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no es posible retener cantidad alguna ya que ninguna de las percepciones supera el salario mínimo interprofesional.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 13. El embargo. Facultades de la recaudación. Las diligencias de embargo: concepto y motivos de oposición. Tipos de embargo. Depósito y enajenación de los bienes embargados. El procedimiento frente a responsables. El procedimiento frente a sucesores.
Ley
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Preguntada en la convocatoria de:
(2020-09-26 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
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