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La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 112 establece que se ajustarán a los procedimientos establecidos por su legislación específica:

Respuestas
  • ALos procedimientos de conciliación.
  • BLos procedimientos de arbitraje.
  • CLas reclamaciones económico-administrativas.
  • DLos procedimientos de mediación.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 16. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario y de actividades económicas. Imputación de rentas inmobiliarias. Ganancias y pérdidas patrimoniales.
Ley
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Preguntada en la convocatoria de:
(2020-09-26 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

Preguntas similares

1. En relación a los documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo, que establece el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Indique la opción CORRECTA:
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda PúblicaVer detalles
  • ALos interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, con independencia de que la presentación de los citados documentos tenga carácter preceptivo o facultativo en el procedimiento de que se trate, siempre que el interesado haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados dichos documentos.
  • BLos interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello, en cualquier caso.
  • CLos interesados estarán obligados a aportar los documentos requeridos en el procedimiento administrativo independientemente de que hayan sido elaborados por cualquier Administración.
  • DLos interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas respecto a los archivos electrónicos:
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda PúblicaVer detalles
  • ACada Administración deberá mantener un archivo electrónico único de los documentos que correspondan a procedimientos finalizados.
  • BLos documentos deberán conservarse en un formato que permita garantizar la autenticidad, integridad y conservación del documento, así como su consulta durante un plazo de 20 años.
  • CLos datos no podrán ser trasladados a otros formatos o soportes.
  • DNo se contempla en ningún caso la eliminación de dichos documentos por la normativa aplicable.

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