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De conformidad con el artículo 169 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se procederá al embargo de los bienes y derechos del obligado en cuantía suficiente para cubrir el importe de la deuda no ingresada, los recargos del periodo ejecutivo, las costas del procedimiento de apremio y:

Respuestas
  • ALos intereses que se hayan devengado hasta la notificación de la providencia de apremio.
  • BLos intereses que se hayan devengado hasta la fecha de emisión de la diligencia de embargo.
  • CLos intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha de ejecución de los bienes embargados.
  • DLos intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso en el Tesoro.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 14. La potestad sancionadora en materia tributaria. Principios. Sujetos responsables. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones tributarias pecuniarias. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias y extinción de las sanciones tributarias. Procedimiento sancionador en materia tributaria: Iniciación, instrucción y terminación.
Ley
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-05-28 - OEP 2021) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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