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Según lo dispuesto en el artículo 155.3 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿cuál de los siguientes requisitos es imprescindible para la suscripción de un acta con acuerdo?:

Respuestas
  • AQue el importe de las bases imponibles o cuotas regularizadas no superen los 6.000.000 euros o los 450.000 euros, respectivamente.
  • BQue en la conducta del obligado tributario de la que resulta la regularización no se aprecien, por parte de la inspección, indicios de infracción tributaria.
  • CAutorización del órgano competente para liquidar, previa o simultánea a la suscripción del acta con acuerdo.
  • DQue la Cifra Anual de Negocios del obligado tributario sea igual o inferior al importe requerido para auditar sus cuentas.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 10. La extinción de la deuda tributaria (I). Medios de extinción de la deuda. El pago o cumplimiento: forma, momento, plazos, imputación, consignación y medios de pago. Aplazamiento y fraccionamiento del pago: requisitos, tramitación, garantías, consecuencias del incumplimiento.
Ley
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-04-20 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

Preguntas similares

1. La suscripción de actas con acuerdo según lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, procederá:
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda PúblicaVer detalles
  • ACuando para la propuesta de regularización, el actuario no haya utilizado más que la documentación aportada por el obligado tributario en el curso del procedimiento.
  • BCuando para la propuesta de regularización haya sido preciso realizar estimaciones, valoraciones o mediciones de datos que no puedan cuantificarse de forma cierta alcanzándose un acuerdo con el obligado tributario previo a la liquidación de la deuda tributaria.
  • CCuando el obligado tributario o su representante, manifiesten su conformidad con la propuesta de regularización de la Inspección de los tributos.
  • DCuando el obligado tributario, o su representante, comparezca a la firma de las Actas y las suscriba mediante su firma.

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