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En relación con el concepto de deudor fallido y de crédito incobrable previsto en el artículo 61 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, indique la respuesta CORRECTA:

Respuestas
  • AUna vez declarados fallidos los deudores principales la acción de cobro se dirigirá frente al responsable subsidiario aunque haya responsables solidarios.
  • BEl concepto de incobrable se aplicará a los obligados al pago y el de fallido, a los créditos.
  • CSe considerarán fallidos aquellos obligados al pago respecto de los cuales se ignore la existencia de bienes o derechos embargables o realizables para el cobro del débito.
  • DLa declaración de fallido se referirá exclusivamente a la insolvencia total.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 11. La extinción de la deuda tributaria (II). La prescripción del derecho a exigir el pago. Otras formas de extinción de las deudas: La compensación, la deducción sobre transferencias, la condonación. Insolvencias y crédito incobrable.
Ley
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-04-20 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
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