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De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cuál será la duración del mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos?

Respuestas
  • ASerá de cinco y cuatro años para la Presidencia y Adjunto respectivamente, no renovables.
  • BSerá de cuatro años y puede ser renovado solo en el caso de la Presidencia.
  • CSerá de cuatro años no renovables.
  • DSerá de cinco años y puede ser renovado para otro período de igual duración.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Políticas Públicas
Tema
Tema 8. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales.
Ley
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-12-14 - OEP 2023/2024) Examen Oficial Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

Preguntas similares

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cuál es la duración del mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos?
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  • ASu duración es de cinco años y no puede renovarse.
  • BTiene una duración de cinco años y es renovable por una periodo de igual duración.
  • CTiene una duración de cuatro años y no es renovable.
  • DTiene una duración de cuatro años y es renovable por una periodo de igual duración.
2. De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cuál es la naturaleza jurídica de la Agencia Española de Protección de Datos?
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  • AOrganismo autónomo.
  • BEntidad pública empresarial.
  • CAgencia estatal.
  • DAutoridad administrativa independiente.
3. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el nombramiento del Presidente y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos se llevará a cabo:
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  • APor el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, entre personas de reconocida competencia profesional, en particular en materia de protección de datos.
  • BPor el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de entre los miembros del Consejo Consultivo de la Agencia.
  • CMediante el Gobierno, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, entre personas que cuenten con una reconocida competencia profesional, especialmente en el ámbito de la protección de datos.
  • DPor el Congreso de los Diputados, a propuesta del Gobierno, de entre los miembros de la Agencia.
4. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, es competencia de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos otorgar autorización para:
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  • ALas modificaciones presupuestarias que impliquen hasta un tres por ciento de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que se incrementen los créditos para gastos de personal.
  • BLas modificaciones presupuestarias que conlleven hasta un cinco por ciento de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que no se aumenten los créditos destinados a gastos de personal.
  • CLas modificaciones presupuestarias que impliquen hasta un cinco por ciento de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que se incrementen los créditos para gastos de personal.
  • DLas modificaciones presupuestarias que impliquen hasta un tres por ciento de la cifra inicial de su presupuesto total de gastos, siempre que no se incrementen los créditos para gastos de personal.
5. Conforme al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la propuesta del Gobierno para la presidencia y adjuntía de la Agencia Española de Protección de Datos deberá ser aprobada:
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  • AA través del Congreso de los Diputados, en votación pública por mayoría de tres quintos de sus miembros en la primera votación.
  • BPor la Comisión de Justicia en votación pública por mayoría de tres quintos de sus miembros en primera votación.
  • CPor la Comisión de Justicia en votación pública por mayoría de dos tercios de sus miembros en primera votación.
  • DA través del Congreso de los Diputados, en votación pública por mayoría de dos tercios de sus miembros en la primera votación.
6. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el cese del Presidente y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos deberá ser confirmado por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados en los supuestos de:
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  • AIncumplimiento grave de sus obligaciones.
  • BIncapacidad sobrevenida para el ejercicio de su función.
  • CIncompatibilidad.
  • DEn todos los casos anteriores.
7. De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los actos y disposiciones emitidos por la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos:
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  • ANo ponen fin a la vía administrativa con las excepciones previstas en esta Ley, siendo recurribles ante el Ministro de Justicia.
  • BPonen fin a la vía administrativa, siendo recurribles, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
  • CNo finalizan la vía administrativa según las excepciones contempladas en esta Ley, siendo susceptibles de recurso ante el Consejo de la Agencia Española de Protección de Datos.
  • DPonen fin a la vía administrativa, siendo recurribles, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
8. De acuerdo con el artículo 49 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Consejo Consultivo se reunirá siempre que lo decida la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos, y en todo caso:
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  • AUna vez al semestre.
  • BUna vez al trimestre.
  • CUna vez al año.
  • DUna vez cada seis meses.

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